El día 6 de septiembre de 2017 quedará para siempre como el día más importante del carpfishing en Portugal. Fue el día en que el gobierno portugués publicó la nueva ley de pesca en aguas interiores. Es el Decreto-Ley nº 112/2017. En el se establece el régimen jurídico de ordenación y gestión sostenible de los recursos acuícolas en las aguas interiores. Regula la pesca en dichas aguas y la acuicultura practicada en los puestos acuícolas del estado o en las unidades de acuicultura o de tenencia de especies acuícolas en cautiverio con fines no comerciales. En particular ornamentales, didácticos, técnicos o científicos y para autoconsumo.
¡Ha sido casi una década de lucha intensa! Con contactos, reuniones y presentaciones con las entidades gubernamentales responsables por la pesca en Portugal. ¡Y los esfuerzos de la APCF, Asociación Portuguesa de Carp Fishing, han alcanzado sus objetivos! Pescar de noche y con 3 cañas es ahora una realidad del carpfishing en Portugal.
En el contenido de esta ley vamos a destacar los puntos que se refieren al carpfishing. Son los que permiten que se pueda pescar por la noche en aguas particulares y en cotos de pesca que lo prevean. Y también en las aguas libres en locales que serán publicados por el ICNF muy breve.
LA LEY
f) «Carp fishing»: la pesca lúdica o deportiva a la carpa o otros ciprinidos con el objetivo de la captura de grandes ejemplares a través de medios y procedimientos de pesca específicos;
2. Cada pescador no podrá utilizar, simultáneamente, más de dos cañas en acción de pesca, excepto en la modalidad de carp fishing en la que se permita la utilización de tres cañas
6 – El pescador sólo puede utilizar como ayuda de pesca en la captura de pescado la sacadera, también designado por red -fole, ganapão o xalavar, el anzuelo sin la barbilla y el alicate de contención, excepto en la modalidad de carp fishing, donde se permite la utilización de otros auxiliares específicos.
7 – En la modalidad de carp fishing se permite el uso de dispositivos específicos, en particular barcos teledirigidos o otros dispositivos, para el transporte y liberación del aparato de pesca o cebo.
8 – Sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados 2, 6 y 7, se consideran los medios y los procedimientos específicos de pesca carp fishing:
a) Canas y carretes compatibles con la picada, la lucha, captura y devolución al agua de grandes ejemplares en buenas condiciones de supervivencia;
b) Anzuelos con abertura, distancia entre la punta y el vástago, no inferior a 8 mm, preferentemente circulares y sin barbilla;
c) Montajes, accesorios y aparatos auxiliares de pesca, como la sacadera, la alfombra de recepción y la bolsa de pesaje, que permitan la devolución de los ejemplares capturados en buenas condiciones de supervivencia;
d) Utilización de montajes y accesorios de pesca que garanticen la liberación del espécimen del aparato de pesca, en caso de rotura de la línea durante el combate con el pescado.
1 – La pesca sólo se permite desde la media hora anterior la salida del sol hasta media hora después de la puesta de sol, exceptuando:
a) la pesca profesional practicada en ZPP cuyo respeto plan de gestión y explotación prevea la pesca nocturna;
b) La pesca lúdica y la deportiva en la modalidad de carp fishing, nocturna, practicada:
i) en las zonas de pesca lúdica (ZPL) cuyo plano de gestión y explotación la prevea;
ii) en aguas particulares, en las condiciones contempladas en el apartado apartado 1 del artículo 33;
iii) en aguas libres, en las condiciones contempladas en el artículo 15 y en los lugares que se definir por decisión del Consejo directivo del ICNF, I. P., a publicar en su sitio web;
c) las pruebas de pesca deportiva, incluido el entrenamiento, organizadas por federación deportiva de pesca con estatuto de utilidad pública deportiva cuyos reglamentos prevean la pesca nocturna.
Artículo 15
Pesca nocturna en aguas libres en la modalidad de carp fishing.
1 – La práctica de la pesca carp fishing, por la noche, en el agua libre cumple las siguientes condiciones:
a) Prohibición del uso de cebos artificiales;
b) Los pescadores deberán guardar una distancia mínima de 250 m. de instalaciones en las que se encuentren personas o animales, en particular, viviendas, emprendimientos turismo, instalaciones pecuarias o agropecuarias, excepto en caso de autorización de los propietarios, arrendatarios o gestores;
c) Los pescadores deben guardar una distancia entre sí que asegure que los aparatos de pesca no se cruzan.
2 – En los lugares mencionados en la deliberación del consejo directivo del ICNF, I. P., prevista en el inciso iii) de la letra b) del apartado 1 del artículo anterior, el practicante de carp fishing, nocturno, sigue estando obligado al cumplimiento de las demás disposiciones legales aplicables, en particular las relativas al ordenamiento de la masa de agua.
3 – Otras condiciones relativas a la práctica de carp fishing a nivel nacional, regional, por cuenca o por masa de agua, se establecen por orden del miembro del Gobierno responsable de la pesca en aguas interiores.
Les agradecería mucho si me indican dónde y cómo conseguir la licencia para pescar en Portugal
Todo esto está muy bien, pero que me decís de tener que pagar 50 euros por una licencia cuando en España cuesta mucho menos de la mitad?? En Extremadura ni la cuarta parte…..
Me parece a mi que se les ha ido la cabeza!!
Un saludo.
Nosotros pescadores portugueses también no estamos de acuerdo con esa barbaridad de precios de licencias para non residentes y ya lo frisamos en nostras reuniones con el gobierno. De la APCF vamos ententar que lo cambien pero no sera fácil.
Enhorabuena por ese grandisimo logro.